¿Qué Ocurre Si No Identificas Al Conductor De Una Infracción?

Y, además de esto, en la dificultad de los ciudadanos para poder enseñar escritos con la identificación del conductor en los registros administrativos, por cuanto el requisito de conseguir una “cita previa” en cualquier organismo oficial transforma este trámite en un “acto heroico” y prácticamente irrealizable de cumplir. El permiso para el tratamiento de sus datos personales para el fin consignado en el apartado “a.” previo es distinto e sin dependencia del tratamiento de los mismos para los objetivos consignados en el apartado “b.” (analizar sus datos con objetivos de prospección de mercado y marketing electrónico, para enviarle información promocional). No responder por tanto a este requerimiento puede suponer una multa, cuando no sea constitutiva de delito como infracción muy grave, de mínimo 500 euros… pero que puede llegar a alcanzar aun los 900 euros como sanción administrativa por falta aparte de colaboración. Esta sanción a la que se refiere, se considera grave si bien no muy grave si la infracción no es constitutiva de delito, con lo que la cuantía a abonar va a ser de un mínimo de 500 euros y un máximo de 900 si se estima que hubo falta de colaboración por la parte del dueño del vehículo. El juez considera que el Concello tendría que haber atendido esta justificación del tardío cumplimiento. Por ese fundamento ha estimado el recurso contencioso administrativo y ha anulado la multa, forzando al Concello a devolverle el importe en el que en el caso de que ya lo hubiera abonado.

El hombre circulaba por la Avenida de Europa y fue pillado por el radar a 76 kilómetros por hora en una vía con una agilidad máxima autorizada de 50. La comunicación dejaba claro que, en el caso de no atender el requerimiento en el plazo de 20 días, sería sancionado como autor de una infracción muy grave. Como el denunciado obvió este trámite, el Concello abrió un nuevo expediente sancionador y acabó imponiéndole la multa de 900 euros. El hombre presentó un recurso en el Municipio y, tras ser desestimado, asistió al juzgado, donde le han dado la razón. La legislación afirma de manera expresa que es infracción muy grave, “incumplir el titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido la infracción la obligación de identificar verazmente al conductor responsable de dicha infracción, cuando sean adecuadamente requeridos para esto en el plazo establecido. Sin embargo, la entidad resalta y califica como “muy sospechoso” el incremento de las multas durante el estado de alarma de la negativa de los sucesos de los coches a identificar al conductor de un vehículo que ha cometido una infracción -esto se sanciona con una cuantía de 500 a 900 euros-.

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El conductor tenía la convicción de que, tras transcurrir el plazo legalmente conferido para detectar al conductor sin efectuarlo, se le remitiría carta de pago para seguir al abono de la sanción por el exceso de agilidad. La DGT asimismo afirma en su portal de la Sede Electrónica que “no queremos hacerte responsable de una sanción si no es tuya. Si era otra persona la que conducía tu vehículo en el momento en que se cometió la infracción y no pudimos identificarlo, debes hacerlo tú mismo, como titular del vehículo”. El trámite puede hacerse por Internet, por correo postal o en cualquier oficina de tráfico y en un plazo de 20 días naturales. El Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas ha remitido al Ayuntamiento de Orihuela una multa de 900 euros por infringir la ley sobre tráfico, circulación de automóviles a motocicletas y seguridad vial. En concreto, el hecho que se le avisa es el de no hacer más simple el titular o arrendatario del vehículo, en un caso así el Ayuntamiento, la identificación veraz del conductor en el momento de cometer la infracción el pasado mes de agosto en la N-340. El juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Vigo anuló la multa de 900 euros al titular de un vehículo por no identificar al conductor.

El máximo organismo de tráfico asegura en este momento, textualmente, que “si recibes una comunicación con requerimiento para detectar a un conductor que ha cometido infracción con tu vehículo, hazlo”. Buenas días, a mí asimismo ocurrido el mismo caso, me mandaron una infracción por exceso de velocidad y me pedían que identificarse al conductor. No se llegó a hacer llegar el conductor del vehículo y ahora me ha llegado una multa de 900€. 1.- Si la infracción es suave (no implica pérdida de puntos), la identificación del conductor es facultativa y, si pagas la multa, se comprenderá que eras tú el conductor del vehículo.

Las Multas: De 200 A 1500 Euros

Como ha podido agarrar alguna sentencia “la obligación de identificación del conductor exclusivamente será exigible y sancionable en el momento en que el requerido para esto, en un caso así el titular del vehículo, niegue ser el conductor del vehículo al momento de la infracción o, lo que es lo mismo, niegue su implicación en los hechos”. O sea, se interpuso una multa a un vehículo -un Seat blanco- del que no ha podido identificar al conductor, con lo que Tráfico remitió un trabajo al Ayuntamiento, que, como titular del vehículo denunciado, tenía la obligación legal de detectar al responsable de la infracción. No podrás detectar al conductor por Internet si este no reside en territorio español, ni tampoco si no tiene el permiso o licencia de conducir correcta para el vehículo con el que ha cometido la infracción. En estos dos casos, vas a deber llevar a cabo la identificación por cualquier otro de los medios que tienes libre. Un motorista se ha librado de pagar una multa de 900 euros una vez que el Concello de Vigo lo sancionara por no detectar al titular del vehículo.

multa de 900 euros por no identificar al conductor

La Policía Local se lo requirió una vez que el radar lo pillara circulando a una agilidad de entre 20 y 30 kilómetros por hora superior a la establecida, pero el infractor obvió este trámite. Sin embargo, el juez considera que el conductor actuó con buena fe por el hecho de que, una vez que le pusieron la multa, se apuntó a sí mismo como conductor infractor del límite de velocidad. En la documentación que debes dar para identificar al conductor culpable de la infracción debes incluir el nombre, apellidos, DNI, pasaporte o permiso de vivienda, y domicilio postal de la persona que conducía tu vehículo. Pero, como hemos dicho, se barrunta lío en los tribunales, pues la DGT ahora ha contestado mediante las redes sociales.

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La Ley de Tráfico establece que “el titular de un vehículo tiene la obligación de facilitar a la Administración la identificación del conductor del vehículo en el instante de ser cometida una infracción”. Ignorar este precepto se considera como una infracción muy grave y acarrea la imposición de una multa que no tiene la opción de pronto pago para reducirla a la mitad en el periodo voluntario. “El titular de un vehículo con el que se haya cometido una infracción tiene el deber legal de detectar verazmente al conductor responsable de la citada infracción. El incumplimiento del deber de identificar es una infracción muy grave, con la sanción sosprechada en el producto 67.2.a) de la citada Ley”.

multa de 900 euros por no identificar al conductor

La mayoría de las situaciones requerirá acudir a un procedimiento judicial contencioso-administrativo. Para aquellos teóricos en los que se esté valorando la oportunidad de recurrir una multa por estos conceptos podría ser de gran ayuda algunos de los argumentos indicados por nuestro departamento jurídico especialista en multas. Según ha publicado eldiario ABC, un vehículo fue detenido manejando a 160 km por hora en un tramo de 120. Se gestionó la pertinente sanción de 300 euros y se le quitaron 2 puntos del carnet de conducir.

Si realizas la identificación del conductor por medio de Internet, necesitas tener a mano la comunicación que te enviaron desde la DGT con el requerimiento de identificar. En ella encontrarás el número de expediente y el código de la notificación, que tendrás que introducir en las casillas correspondientes del formulario. En verdad, la AEA sugiere que este suceso puede tener su explicación en las adversidades de los servicios de correos para poder avisar fehacientemente las demandas en los domicilios de los interesados.